Las ayudas municipales para la organización de actividades deportivas permanentes repartirán 250.000 euros

Las ayudas municipales para la organización de actividades deportivas permanentes repartirán 250.000 euros

La convocatoria, con plazo de presentación hasta el 11 de junio, está dirigida a entidades de índole físico – deportiva de Pamplona

El Ayuntamiento de Pamplona ha convocado las subvenciones para entidades de índole físico – deportiva que hayan organizado actividades deportivas permanentes durante esta temporada 2022/2023. La convocatoria está dotada con 250.000 euros que se repartirán en tres líneas de ayudas, ya sea para actividades de promoción deportiva, para ligas o torneos no federados o para cursos deportivos organizados por las entidades deportivas.

La primera línea financia actividades de promoción deportiva, con hasta 29.800 euros para actividades organizadas por fundaciones privadas y con hasta 19.400 euros para actividades organizadas por otras entidades. Una segunda línea subvenciona ligas o torneos deportivos no federados con hasta 23.400 euros por actividades deportivas organizadas por entes de promoción deportiva. La tercera línea de ayudas financia cursos deportivos organizados por entidades deportivas de acuerdo a los unos límites de participantes: para más de 1.000 participantes por entidad se destinarán hasta 125.000 euros; para más de 175 participantes por entidad, hasta 48.800 euros; y para menos de 175 participantes por entidad, hasta 1.800 euros.

Las ayudas se pueden solicitar hasta el 11 de junio de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de pamplona. Se debe cumplimentar online el trámite ‘Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas’. Las bases de la convocatoria se pueden consultar en la web municipal, www.pamplona.es, o en Boletín Oficial de Navarra número 99 de 11 de mayo.



Actividad deportiva permanente

A efectos de la esta convocatoria se entiende como ‘actividad deportiva permanente’ aquella de duración global igual o superior a 8 meses e inferior a un año, salvo excepciones debidamente justificadas y autorizadas; de índole deportiva tanto en modalidades oficiales reconocidas como no oficiales; y de carácter esencialmente recreativo. Además, esas actividades se deben realizar en un marco institucional federativo o fuera de él; estar dirigidas a cualquier edad; con pública concurrencia para la ciudadanía de Pamplona; y llevadas a cabo en cualquier espacio deportivo. Asimismo, deben implicar la creación de un proyecto de gestión y una estructura organizativa donde se atenderán, en mayor o menor medida según la envergadura de la actividad, aspectos como las inscripciones, los permisos oficiales, la reglamentación y normativa interna, las coberturas aseguradoras necesarias, la seguridad, la difusión y comunicación, el personal docente y técnico, la organización interna, y la obtención y la gestión de los recursos, entre otros.

Las actividades deportivas permanentes para las que se solicita subvención deberán ejecutarse, con carácter general, en el término municipal de Pamplona, durante la temporada 2022/2023 (es decir, entre septiembre de 2022 y junio de 2023), con una serie de características que se describen en las bases y llevadas a cabo por entidades que tiene en sus estatutos, entre sus objetivos, la realización de actividades deportivas relacionadas con el objeto de esta convocatoria. Para el caso excepcional de que la actividad subvencionada exceda del ámbito del término municipal de Pamplona, deberá beneficiar al interés municipal de forma directa o indirecta, condición esta última que deberá quedar suficientemente justificada mediante informe motivado, con carácter previo a su concesión.



Requisitos de las entidades solicitantes

Las entidades solicitantes deben estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, carecer de ánimo de lucro y tener en sus estatutos, entre sus objetivos, la realización de actividades relacionadas con el objeto de esta convocatoria (organización y promoción de actividades físico-deportivas y las que integren a centros dedicados a la promoción de las mismas). Deben tener el domicilio social y fiscal en Pamplona, no haber sido sancionadas durante la temporada 2022-2023, con carácter firme en vía administrativa, por infracciones tipificadas como ‘muy graves’ en normas como la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte; la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra; o la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

La convocatoria establece como gastos subvencionables los relacionados con arbitrajes y jueces específicos; con el uso de instalaciones deportivas; con desplazamientos y manutención; con coberturas de seguro y sanitarias; con material deportivo; con retribuciones y gratificaciones a personal de la organización, voluntariado y dietas a deportistas participantes; con la difusión de la actividad; o con acciones que potencian el efecto social de la actividad. Se incluyen también otros gastos, debidamente justificados y razonados, que a juicio de la Comisión de Valoración puedan ser tenidos en cuenta.

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