El Ayuntamiento autoriza la cancelación de la carga registral que grava las fincas del Plan Parcial del Polígono Residencial de Ermitagaña

Home Ayto Pamplona El Ayuntamiento autoriza la cancelación de la carga registral que grava las fincas del Plan Parcial del Polígono Residencial de Ermitagaña
El Ayuntamiento autoriza la cancelación de la carga registral que grava las fincas del Plan Parcial del Polígono Residencial de Ermitagaña

La medida es para viviendas del espacio comprendido entre las calles Arcadio Mª Larraona, Irunlarrea, Ermitagaña y avenida de Bararáin

La Junta de Gobierno Local ha autorizado en su sesión de hoy la cancelación de una de las cargas registrales que gravan las fincas del Plan Parcial del Polígono Residencial de Ermitagaña. Esta carga afecta a vivienda situadas en el espacio comprendido entre la calle Arcadio María Larraona hasta Irunlarrea y continúa hasta el cruce con la calle Ermitagaña. El límite sigue por la calle Ermitagaña hasta la avenida de Navarra y baja hasta avenida de Barañáin para seguir por esta avenida hasta el cruce con la avenida de Bayona y volver a unirse son Arcadio María Larraona.

El Ayuntamiento ha tomado esta medida tras las solicitudes recibidas de propietarios de viviendas situadas en el polígono Ermitagaña sobre el levantamiento de las cargas registrales que reflejan sus fincas, cuyo beneficiario es el Consistorio, derivada de una inscripción en el antiguo Registro de la Propiedad que se mantuvo cuando se fueron segregando todas las parcelas del Plan Parcial del Polígono residencial de Ermitagaña, aprobado definitivamente en 1968 y reformado en 1977. Tras la autorización, los vecinos podrán proceder a la cancelación que grava a las fincas, corriendo en todos los casos con los gastos que pudieran generarse en las operaciones registrales.

Estas parcelas tenían una serie de condiciones cuyo incumplimiento podía conllevar la resolución de la cesión y reversión al Ayuntamiento de las parcelas. Esas condiciones, ya cumplidas, hacían referencia a las obligaciones del abono del precio en tiempo y forma, el destino de lo edificado a los usos previstos en el Plan Parcial, el cumplimiento de las ordenanzas y normas del Plan Parcial y el edificar, aportando la documentación necesaria, en los plazos marcados, y ajustándose al proyecto aprobado.

Deja un comentario

Tu email no será publicado

La Guía de Pamplona
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.