El Ayuntamiento convoca las ayudas para la organización de acontecimientos, espectáculos y otra clase de actividades físico-deportivas

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El Ayuntamiento convoca las ayudas para la organización de acontecimientos, espectáculos y otra clase de actividades físico-deportivas

Se repartirán entre las entidades sin ánimo de lucro de índole físico-deportiva 617.000 euros

El Ayuntamiento de Pamplona ha convocado las ayudas a entidades de índole físico-deportivo que organicen acontecimientos, espectáculos y otra clase de actividades físico-deportivas durante la temporada 2017-2018 (septiembre a junio) o a lo largo del año 2018. Con ellas se trata de impulsar y facilitar la organización de acontecimientos y espectáculos deportivos en la ciudad. La dotación de la convocatoria se mantiene en 617.000 euros y las solicitudes se podrán presentar hasta el viernes 4 de mayo. El anuncio de la convocatoria puede consultarse en el Boletín Oficial de Navarra número 64, de 4 de abril de 2018.

Las entidades que quieran concurrir deben estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, carecer de ánimo de lucro, tener en sus estatutos la realización de actividades físico-deportivas, tener domicilio fiscal y social en Pamplona y estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y la Seguridad Social. Cada entidad podrá presentar un máximo de cuatro proyectos, que deberán cumplir varios requisitos generales: deben estar abiertos a toda la ciudadanía; deben ejecutarse, con carácter general, en el término municipal de Pamplona; deben realizarse durante la temporada 2017 – 2018 (septiembre a junio) o a lo largo de 2018; y la actividad objeto de subvención no debe ser financiada por otras convocatorias públicas, contratos o convenios del Ayuntamiento de Pamplona.

Como requisitos específicos, las actividades consistentes en ligas deportivas con una duración de temporada completa no deben desarrollarse al amparo de las federaciones deportivas y con integrantes mayores de edad; las actividades de programas de actividad física con duración de temporada completa (mínimo de 8 meses) deben estar abiertas a toda la ciudadanía en igualdad de condiciones y con cuotas que no superen los 120 euros; y las fundaciones privadas que estén vinculadas a un club deportivo deben presentar un proyecto que tenga como objetivo la promoción, coordinación y desarrollo del deporte base de la modalidad practicada por el primer equipo del club.

Criterios de valoración y prioridades

Los criterios de valoración de las actividades presentadas y la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder se establecerán con arreglo a un orden de prioridades reflejado en las bases de la convocatoria. La prioridad 1ª incluye actividades físico-deportivas de especial interés municipal; la prioridad 2ª engloba actividades que, no siendo de interés municipal, sean de la máxima categoría absoluta; la 3ª señala actividades que, no siendo de especial interés municipal, reúnan al menos uno de los siguientes requisitos (sean de máxima categoría nacional o de carácter internacional junior o juvenil o sea la prueba de más alto nivel que se celebra en Pamplona o siendo de carácter popular puedan inscribirse deportistas de todas las categorías o que la prueba haya sido promovida por el Ayuntamiento de Pamplona); y la prioridad 4ª para actividades que cuenten con participación de deportistas de categoría inferior a la máxima nacional. La cuantía de la ayuda será mayor si se incorpora la perspectiva de género.

La cuantía económica que se concederá no podrá superar el 100% del déficit del presupuesto del proyecto presentado. Existirá un límite para las fundaciones privadas que en su conjunto y realizada la suma no superará los 180.000 euros; 135.000 euros para los programas de enseñanza de la actividad física; 20.000 euros para las actividades que sean consecuencia de los hermanamientos que el Ayuntamiento tiene con otros municipios; 24.000 euros para las ligas deportivas con una duración de temporada completa; 40.000 euros para las actividades de la prioridad 2ª; 20.000 euros para las de la prioridad 3ª; y 6.000 euros para las de la prioridad 4ª.

Se consideran gastos subvencionables las retribuciones y gratificaciones a personal de la organización, dietas a deportivas, técnicos o directivos…; desplazamientos, alojamientos y manutención; abono de cánones cuotas federativas, arbitrajes…; infraestructura y organización; alquiler, mantenimiento de instalaciones…; u otros gastos debidamente razonados y desglosados.

 

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