Un auto judicial avala la exhumación de los restos mortales de la cripta del Monumento a los Caídos, “siempre que se ejecute con las garantías ofrecidas por el Ayuntamiento”

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Un auto judicial avala la exhumación de los restos mortales de la cripta del Monumento a los Caídos, “siempre que se ejecute con las garantías ofrecidas por el Ayuntamiento”

Otro auto suspende lo relativo a la cremación de los restos porque “haría imposible una posterior reposición” en caso de sentencia favorable

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 ha revocado esta mañana la medida cautelar tomada ayer de suspender la resolución del Ayuntamiento de Pamplona de clausurar el cementerio de la cripta del Monumento a los Caídos y exhumar los restos mortales que acoge. Por auto judicial del lunes 14 de noviembre se acordó esa medida cautelar hasta la comparecencia de las partes implicadas en el proceso, prevista para esta mañana, por un lado familiares de una de las personas allí enterradas y por otra el Ayuntamiento convocada para esta mañana.

Este procedimiento está regulado en el artículo 135 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa “cuando los interesados alegaran la concurrencia de circunstancias de especial urgencia”. En este caso, escuchadas las partes y las alegaciones del Ayuntamiento, como “parte contraria” en el proceso, el juez ha decidido en un auto revocar la medida cautelar de suspender la ejecución de la resolución de Alcaldía de 8 de noviembre, “siempre que se ejecute con las garantías ofrecidas por la representación letrada de dicho Ayuntamiento” y que constan en el acta de la vista celebrada hoy.

Por Resolución de Alcaldía del 8 de noviembre se acordó aprobar de forma definitiva el expediente de clausura de la cripta situada en el Monumento a los Caídos como lugar de enterramiento, desestimar las alegaciones presentadas por familiares y descendientes de las personas allí enterradas e iniciar los trabajos de exhumación de esos restos mortales el 16 de noviembre.

Acuerdo con el Arzobispado con garantías para las exhumaciones

El auto recoge aspectos del acuerdo suscrito por el Ayuntamiento de Pamplona y el Arzobispado con fecha 7 de noviembre en el que constan una serie de garantías a las que se compromete el Consistorio. La primera es que “las exhumaciones se realizarán en absoluta intimidad, interviniendo en las mismas el personal técnico imprescindible del Ayuntamiento, debiendo informar previamente el Ayuntamiento al Arzobispado del número de personas, así cómo las funciones de los mismos en las operaciones de exhumación”.

Además, en un segundo punto, se señala que “no se permitirá el acceso a los medios de prensa, ni se sacarán fotos de las exhumaciones, salvo que las familias lo autoricen, siendo también un derecho de las familias determinar las personas y el personal técnico que podrán estar en las exhumaciones, debiendo en este caso comunicar su autorización por escrito”. En un tercer punto, “si se entiende preciso por parte del Ayuntamiento documentar dichas exhumaciones, esto se realizará con la intervención única y exclusiva del Notario que designe la familia o en su defecto el personal técnico que el Ayuntamiento de Pamplona designe”.

Tal y como señala el auto judicial dictado hoy, el Ayuntamiento “alega su derecho como propietario y la ley de memoria histórica” y que “la resolución cuyo objeto es el cierre definitivo de la cripta tiene la presunción de legalidad y es inmediatamente ejecutiva, salvo excepción en caso de dictado de medidas cautelares”, medidas que la decisión judicial revoca. El Consistorio pretende “emplear un equipo multidisciplinar, civil y religioso con los profesionales necesarios para que se respete debidamente los derechos de la recurrente, evitando que se convierta la ejecución del acto en una cuestión mediática”.

Suspensión parcial en lo relativo a la cremación de los restos

Esta mañana también el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 ha emitido otro auto relacionado con las exhumaciones de la cripta del Monumento a los Caídos tras solicitud de otros familiares de personas allí enterradas. En él, acuerda la suspensión parcial del acto, únicamente en lo relativo a la cremación de restos acordada.

En la Resolución de Alcaldía del 8 de noviembre se señala que “el Ayuntamiento de Pamplona cumplirá con el ordenamiento jurídico cremando los restos mortales que no sean reclamados como hace normalmente con los restos mortales del cementerio municipal San José una vez que caduca el plazo para el uso de nichos o las concesiones de panteones”. El auto refleja esa suspensión parcial porque “la cremación haría imposible, en su caso, una posterior reposición de la situación en caso de sentencia de fondo favorable a la recurrente”.

“Por el contrario – señala el auto- la ejecución de la clausura del cementerio y la exhumación de restos en modo alguno justifican la adopción de una suspensión cautelar de tales decisiones administrativas, pues no existe impedimento alguno para la reposición futura en ese mismo hipotético escenario de sentencia de fondo favorable”.

 

La Guía de Pamplona
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