El Ayuntamiento de Pamplona abre un trámite de audiencia con las partes implicadas para comunicarles el reparto de los costes totales que afectan a la pasarela del Labrit

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El Ayuntamiento de Pamplona abre un trámite de audiencia con las partes implicadas para comunicarles el reparto de los costes totales que afectan a la pasarela del Labrit
Se entregará a los interesados la documentación sobre el proceso y la atribución de los costes de reparación y de otros gastos complementarios

Esta mañana la Junta de Gobierno Local ha aprobado trasladar a las partes a las que se exigen responsabilidades por el proyecto, dirección técnica y ejecución de la pasarela del Labrit la información de todas las actuaciones realizadas por el Consistorio desde octubre de 2019. Con este traslado se les dará cuenta también de relación total de gastos ocasionados por los daños en la pasarela y el proceso de indagación de soluciones, así como los costes inicialmente estimados de su futura reparación, unos costes que quedan condicionados al montante total que resulte de la reparación.




Y es que además de los gastos de reparación calculados en base al informe del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos que se incorpora formalmente al procedimiento, en esa relación se añaden otros cuantificables como resultado inversión realizada por el Ayuntamiento en las medidas de seguridad que debieron adoptarse cuando apareció el deterioro, en los informes técnicos diversos que se han ido encargando desde el año 2016, etc. En síntesis, al presupuesto de la reparación se suma el conjunto de gastos que generan al municipio los defectos constructivos constatados en la infraestructura. La información se presentará desglosada y delimitada por cada responsabilidad, para cada una de las partes.




La Junta de Gobierno Local ha otorgado un plazo de 10 días para que las partes formulen ante el Ayuntamiento las alegaciones que estimen pertinentes.

Con este acuerdo la Junta ha dado cumplimiento a la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) de septiembre de 2020 que estimaba el recurso interpuesto por una aseguradora y retrotraía el procedimiento a abril de 2019.

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